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Recargo dominical del 90%: cómo liquidar los domingos y festivos desde julio de 2026

Desde el 1 de julio de 2026, cada hora trabajada en domingo o festivo se paga con un recargo del 90%. Te mostramos cuánto vale ahora un domingo trabajado, por qué julio llega con la nómina partida en dos y qué revisar antes del próximo cierre.

Por Juan Girón · Fundador de El Empleado Juan
10 min de lectura
Colombia · Legislación · RRHH
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Qué cambió el 1 de julio de 2026: el recargo pasó del 80% al 90%

Desde el 1 de julio de 2026, cada hora trabajada en domingo o festivo en Colombia se paga con un recargo del 90% sobre la hora ordinaria. Es el segundo escalón del calendario progresivo que fijó la reforma laboral (Ley 2466 de 2025, art. 14, que modifica el art. 179 del Código Sustantivo del Trabajo).

El calendario completo del recargo dominical y festivo quedó así:

PeríodoRecargo dominical/festivo
Hasta el 30 de junio de 2025+75% (régimen anterior del art. 179 CST)
Del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026+80%
Desde el 1 de julio de 2026+90% (vigente)
Desde el 1 de julio de 2027+100%

El recargo aplica sobre cada hora efectivamente trabajada en el día de descanso obligatorio (normalmente el domingo) y en los festivos, y es acumulativo con los demás recargos: si la hora dominical además es nocturna o extra, los porcentajes se suman.

Para planear con tiempo: este no es el último movimiento. El 1 de julio de 2027 el recargo llega al 100%. Los presupuestos de operación dominical de 2027 deberían construirse desde ya con ese escenario.
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Cuánto vale ahora un domingo trabajado (con el salario mínimo de 2026)

Con el salario mínimo de 2026 ($1.750.905 mensuales), una hora dominical diurna vale $15.121: la hora ordinaria de $7.959 más el recargo del 90%.

El punto de partida es el valor de la hora ordinaria: salario mensual dividido entre 220 horas (el divisor vigente hasta el 14 de julio de 2026; en la siguiente sección verás qué pasa después). Sobre esa base se aplican los recargos, que se suman entre sí:

ConceptoRecargoCálculoValor hora
Hora ordinaria diurna$1.750.905 ÷ 220$7.959
Dominical/festiva diurna+90%$7.959 × 1,90$15.121
Dominical/festiva nocturna+125% (90 + 35)$7.959 × 2,25$17.907
Extra dominical diurna+115% (90 + 25)$7.959 × 2,15$17.111
Extra dominical nocturna+165% (90 + 75)$7.959 × 2,65$21.090

Recuerda que la franja nocturna va de las 7:00 p. m. a las 6:00 a. m. desde el 25 de diciembre de 2025 (Ley 2466 de 2025). Un turno dominical que se extiende más allá de las 7:00 p. m. cambia de tarifa en ese minuto exacto: pasa del 90% al 125%.

En plata: un turno dominical de 8 horas diurnas con salario mínimo cuesta $120.972. El mismo turno un martes cuesta $63.669. Esa diferencia de $57.303 por turno es la que debe quedar bien presupuestada y bien liquidada.
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Julio de 2026: el mes con la nómina partida en dos

Julio de 2026 tiene dos cortes normativos en el mismo mes: el día 1 el recargo dominical y festivo subió al 90%, y el 15 de julio de 2026 la jornada máxima baja de 44 a 42 horas semanales (Ley 2101 de 2021). Con la jornada baja también el divisor de horas mensuales: de 220 a 210 horas. Como el salario no se reduce, el valor de la hora ordinaria sube un 4,76%.

La consecuencia práctica: una hora dominical del 5 de julio no vale lo mismo que una del 19 de julio, aunque el porcentaje de recargo sea el mismo. Con salario mínimo:

ConceptoDomingo 5 de julio (÷220h)Domingo 19 de julio (÷210h)Diferencia
Hora ordinaria$7.959$8.338+$379
Hora dominical diurna (+90%)$15.121$15.842+$721
Hora dominical nocturna (+125%)$17.907$18.760+$853
Turno dominical de 8 horas diurnas$120.972$126.732+$5.760

Esto significa que en el período de julio conviven dos valores de hora para el mismo empleado con el mismo salario: las horas trabajadas hasta el 14 de julio se valoran con el divisor de 220 horas y las trabajadas desde el 15 con el de 210.

Dónde se rompe el cálculo: una hoja de cálculo — o un software mal parametrizado — que use un único valor de hora para todo julio va a liquidar mal la mitad del mes: o paga de menos la segunda quincena o paga de más la primera. Este mes exige clasificar cada hora por la fecha en que se trabajó.

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Los sectores más golpeados: restaurantes, retail, vigilancia y salud

El paso del 80% al 90% pega más fuerte donde el domingo no es descanso sino operación plena: restaurantes, comercio, vigilancia y salud.

Para dimensionarlo: una operación con 10 personas que trabajan 8 horas cada domingo suma 80 horas dominicales semanales. Los 10 puntos adicionales de recargo cuestan, con salario mínimo y el divisor de 210 horas vigente desde el 15 de julio, unos $66.701 adicionales por domingo — alrededor de $266.805 al mes.

Restaurantes y gastrobares

  • El domingo suele ser el día de mayor venta y los turnos partidos concentran personal justo en las horas con recargo
  • Los cierres tardíos cruzan la franja nocturna: después de las 7:00 p. m., la hora dominical pasa del 90% al 125%

Retail y centros comerciales

  • Domingos y festivos son días pico obligados; la pregunta ya no es si abrir, sino con cuánto personal por franja
  • Re-presupuestar implica revisar la dotación hora a hora: quizás el domingo necesite menos personas en horas valle y las mismas en horas pico

Vigilancia y seguridad privada

  • En operaciones 24/7, cada puesto tiene por definición horas dominicales nocturnas al 125%
  • Los contratos con clientes firmados con tarifas de 2025 pueden haber quedado cortos frente al nuevo costo del domingo; es momento de revisar cláusulas de ajuste

Salud y cuidado

  • Clínicas, laboratorios y hogares geriátricos no pueden reducir la cobertura dominical; el ajuste pasa por equilibrar las mallas para que los domingos roten de forma pareja entre el equipo

En todos los casos la recomendación es la misma: re-presupuestar los turnos de domingo con el costo real por franja (diurna, nocturna, extra) en lugar de aplicar un promedio, y decidir con esos números si conviene redistribuir la malla.

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Checklist para el próximo cierre de nómina

Antes de cerrar el primer período con el recargo del 90%, vale la pena repasar esta lista:

  1. Verifica la configuración de tu software o plantilla de liquidación: el recargo dominical/festivo debe estar en 90% para las horas trabajadas desde el 1 de julio de 2026, y las horas de junio que entren al mismo período deben conservar el 80%
  2. Confirma el cambio de divisor del 15 de julio: 220 horas hasta el día 14 y 210 desde el día 15. Ambos valores conviven en el período de julio
  3. Recalcula los presupuestos del segundo semestre: el recargo dominical subió y, desde el 15 de julio, todas las horas y recargos se encarecen un 4,76% adicional por el cambio de divisor
  4. Revisa las mallas de domingos: quién está programado, cuántas horas y en qué franja. Una hora dominical nocturna vale $18.760 con salario mínimo y el nuevo divisor; conviene saber cuántas de esas horas tiene tu malla antes de que ocurran
  5. Documenta las aprobaciones: el trabajo dominical y las horas extra deben quedar autorizados y registrados. Recuerda que las extras siguen topadas en 2 horas diarias y 12 semanales
  6. Comunica el cambio al equipo: quienes trabajan domingos verán un pago mayor por esas horas. Explicar el porqué — y mostrar el cálculo — reduce reclamos y genera confianza
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Cómo lo maneja El Empleado Juan

El Empleado Juan clasifica cada minuto trabajado según la fecha y la hora en que ocurrió, y le aplica el porcentaje vigente ese día. Las horas dominicales del 5 de julio se valoran con el divisor de 220 horas y las del 19 con el de 210; el recargo del 90% se aplica desde el 1 de julio de 2026 — sin que tengas que tocar la configuración cuando cambia el calendario legal.

  • Clasificación minuto a minuto: cada intervalo se segmenta en los límites de hora, de franja nocturna y de medianoche, y recibe el recargo que corresponde a su fecha exacta
  • Calendario legal incorporado: los escalones de la Ley 2466 de 2025 (recargo dominical) y de la Ley 2101 de 2021 (jornada y divisor) están integrados con sus fechas de corte
  • Prenómina exportable: al cierre obtienes la prenómina con las horas ya clasificadas y valorizadas, lista para exportar al sistema de nómina que tu empresa ya usa
  • Visibilidad antes del cierre: puedes ver durante el mes cuántas horas dominicales y nocturnas se están acumulando, en lugar de descubrirlo al final
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Lo que suele esconder el control manual

Errores

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SMLMV: tope de multas del Ministerio del Trabajo

Art. 486 CST

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal o laboral profesional. Escrito por Juan Girón (Fundador de El Empleado Juan). Publicado el 13 de julio de 2026. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos a soporte@elempleadojuan.com.

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